Si te acaban de despedir en Menorca y crees que no ha sido justo, lo primero que necesitas saber es esto: no todos los despidos injustos son iguales ante la ley, y la diferencia se traduce directamente en dinero. Aquí te explico cómo saber si tu despido es improcedente, cuánto te corresponde y qué plazos tienes para reclamarlo.
¿Cuándo es improcedente un despido?
Un despido es improcedente cuando la empresa no consigue acreditar la causa que alegó, o cuando no respeta los requisitos formales exigidos: una carta de despido sin hechos concretos, plazos incumplidos o defectos en el procedimiento. Es distinto del despido nulo, reservado a los casos de vulneración de derechos fundamentales o discriminación (por ejemplo, por embarazo o baja médica), y del despido procedente, en el que la empresa sí prueba una causa válida.
Cuánto te corresponde: cálculo de la indemnización
La regla general para contratos posteriores a febrero de 2012 es de 33 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, con un tope de 24 mensualidades.
Si tu contrato es anterior a esa fecha, se aplica un cálculo por tramos: 45 días por año para el periodo trabajado antes de febrero de 2012, y 33 días por año para el periodo posterior. Este doble tramo suele generar errores de cálculo frecuentes, y revisarlo bien puede suponer una diferencia importante en lo que cobras.
Ante un despido improcedente, es la empresa quien elige entre readmitirte o pagarte la indemnización; en la práctica, casi siempre opta por el pago.
El plazo es clave: 20 días hábiles
Tienes 20 días hábiles desde el despido para reclamar. Es un plazo de caducidad: pasado ese tiempo, pierdes el derecho a impugnarlo, sin excepciones. Si has recibido una carta de despido, no esperes a «pensarlo» demasiado tiempo.
Un consejo práctico: si firmas el recibo de la carta de despido o el finiquito, escribe «no conforme» junto a tu firma. Firmar sin más puede interpretarse como aceptación de la decisión.
Cómo se reclama un despido improcedente
- Papeleta de conciliación: es el paso previo obligatorio, ante el organismo de mediación correspondiente. Muchos casos se resuelven aquí, sin llegar a juicio.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social: si no hay acuerdo en conciliación, el siguiente paso es la vía judicial. En Menorca, esto implica actuar ante los juzgados de Maó o Ciutadella según el domicilio de la empresa.
- Revisión del cálculo: antes de firmar cualquier acuerdo, conviene verificar que el salario, la antigüedad y los conceptos incluidos en el finiquito son correctos.
Finiquito e indemnización no son lo mismo
El finiquito recoge las cantidades que la empresa te debe hasta la fecha de despido (salario pendiente, parte proporcional de pagas extra, vacaciones no disfrutadas) y es obligatorio en cualquier extinción de contrato. La indemnización solo corresponde en los despidos que la generan, como el improcedente. Confundir ambos conceptos es uno de los errores más habituales al firmar la documentación de un despido.
¿Te han despedido en Menorca?
Si crees que tu despido no se ajusta a la ley, cuanto antes revises tu caso, mejor — el plazo de 20 días corre desde el primer momento. Te ayudo a valorar tu situación, calcular lo que te corresponde y, si hace falta, reclamarlo ante los juzgados de la isla. Puedes ver el resto de áreas en las que trabajo en servicios.
Rocío Dopazo
Abogada en Menorca
Especializada en derecho de familia, laboral y seguridad social